Circular SNR 692-Certificación de Contador Público

La Superintendente de Notariado y Registro emitió los lineamientos necesarios para continuar con el acorde al decreto Ley 805 de 2020 que tuvo como objetivo crear, por el término de cuatro meses, un apoyo económico en favor de las obligaciones laborales que tuviesen las notarías del país en el marco de la emergencia económica, social y ecológica a causa del virus COVID-19.
Recordemos que para que el notario que se postuló pueda beneficiarse, se requiere que, junto con la solicitud, allegue certificación de Contador Público, en la que se indique que los recursos asignados con anterioridad en virtud de este apoyo fueron destinados en su integralidad al pago de las obligaciones laborales hacia sus empleados.


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En el evento que el notario solicite más de un apoyo económico, deberá allegar con la solicitud la certificación, expedida por Contador Público, en la que se indique que los recursos asignados con anterioridad fueron destinados en su totalidad al pago de las obligaciones laborales hacia sus empleados, de conformidad con el formato establecido por la Superintendencia de Notariado y Registro.

En consecuencia, se precisa a las Notarías postuladas para dicho beneficio, que, conforme a los lineamientos dados, se deberá allegar a esta Superintendencia, certificación del Contador Público en la que se dé cuenta que en la contabilidad del despacho notarial consta que para los meses de junio, julio, agosto y septiembre de la vigencia 2020, el notario titular postulado y reconocido realizó el pago total de las obligaciones laborales para con sus empleados, cumpliendo de esta manera con el espíritu del Decreto Ley 805 de 2020.


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Para tal fin, el Contador Público deberá diligenciar y suscribir el formato de certificación que se adjunta a la presente circular, para cada mes en que efectivamente se postuló el Notario, así:

– Para completar la postulación del mes de julio de 2020, se debe allegar certificación sobre el mes de junio 2020 (descargue aquí).
– Para completar la postulación del mes de agosto de 2020, se debe allegar certificación sobre el mes de julio de 2020 (descargue aquí).
– Para completar la postulación del mes de septiembre de 2020, se debe allegar certificación sobre el mes de agosto de 2020 (descargue aquí).

La forma en que se allegará dicha certificación será a través de dos canales, dependiendo de la situación actual del notario postulado así:
1. Para los Notarios postulados en 2020, que continúan siendo titulares del mismo despacho notarial:

Será al igual que como se realizó la postulación, a través del aplicativo SISG en el módulo de Apoyo Económico, en donde se deberán cargar las certificaciones para cada uno de los meses en donde se haya postulado el notario. Se aclara que en SISG se habilitará únicamente la casilla para cargar la certificación correspondiente a cada mes, por lo cual, dicho cargue no constituye de ninguna forma una nueva oportunidad de postulación, ni permite la modificación de los demás documentos presentados con anterioridad, ni ninguna otra modificación respecto de las postulaciones previas. Las certificaciones que obedezcan a notarios en esta condición y sean remitidas por otros medios, no serán tenidas en cuenta, ya que si se realiza el cargue a través del módulo SISG no es necesario remitir la certificación por ningún otro canal.

Descargue instructivo que orientará la forma en que se accederá al sistema y se cargará la información aquí

2. Para los Notarios postulados en 2020, que ya no son titulares del mismo despacho Notarial

Para aquellos casos de los notarios que se postularon para determinada notaría, pero, que en la actualidad ya no ejercen titularidad en el mismo Despacho, y, teniendo en cuenta que la funcionalidad en SISG referida estaría disponible es para el titular del despacho actual, se habilitará de forma excepcional, la recepción de dichas certificaciones por medio del único correo electrónico autorizado: apoyoeconomico805@supernotariado.gov.co

Se enfatiza que solo procede para Notarios postulados correctamente, y que a la fecha no son titulares del Despacho Notarial por el cual se postularon.
El envío se realizará así:
1. Deberá allegar un correo electrónico con la certificación del contador por cada mes postulado.
2. Identificará el asunto con el nombre de la Notaría y el mes al que corresponde la certificación
3. El único canal de recepción autorizado es el buzó apoyoeconomico805@supernotariado.gov.co
4. El correo electrónico debe provenir directamente del Notario titular de la postulación al beneficio. 5. Remitir la información una sola vez.

El plazo para la presentación de las certificaciones es a partir de las 8:00 am del 21 de octubre de 2021 y hasta las 23:59 horas del próximo 24 de octubre de 2021 para ambos canales, tanto para aquellos que pueden hacerlo en el módulo en SISG como para quienes deben allegarlas por correo electrónico.

Consulte la circular completa No. 692 del 2021-10-20 aquí

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