Se modificó el universo de personas naturales y jurídicas obligadas a entregar información del año gravable 2018.
Artículo 1 de la Resolución 000060 de octubre de 2017 (modificado con artículo 1 de la Resolución 000045 de agosto 22 de 2018). Sujetos obligados a presentar información exógena por el año gravable 2018. Deberán suministrar información los siguientes obligados:
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d) Las personas naturales y sus asimiladas que en el año gravable 2016 hayan obtenido ingresos brutos superiores a quinientos millones de pesos ($500.000.000) y que en el año gravable 2018 la suma de los Ingresos brutos obtenidos por rentas de capital y rentas no laborales superen los cien millones de pesos ($100.000.000).
Por lo tanto, para el año gravable 2018 de acuerdo al numeral d), deberán presentar los siguientes formatos:
1001: Pagos o abonos en cuenta y retenciones practicadas.
1003: Retenciones en la fuente que le practicaron
1004: Descuentos tributarios (Donaciones, Art. 9 Ley de generación Empleo).
1005: Impuesto a las Ventas por Pagar – Descontable
1006: Impuesto a las Ventas por Pagar – Generado
1007: Ingresos Recibidos
1008: Saldo de Cuentas por cobrar
1009: Saldo de Cuentas por pagar
1011: Información de las declaraciones tributarias (Saldos a 31 de diciembre de su declaración de renta:
– aportes voluntarios a pensiones,
– cuentas AFC,
– costos por salarios y demás pagos laborales,
– costo enajenación de activos fijos poseídos por menos de 2 años,
– gravamen a los movimientos financieros,
– interés por créditos de vivienda
– Costo o deducción de intereses
– Contratos de Leasing
– Costos aportes a SENA, ICBF, Cajas de Compensación)
1012: Información de declaraciones tributarias,
– acciones, inversiones en bonos títulos valores
– cuentas de ahorro y cuentas corrientes (saldos a 31 de dic de cuentas de ahorros, corrientes, etc.)
2275: Ingresos No Constitutivos de Renta Ni Ganancia Ocasional
2276: Información Certificado de Ingresos y Retenciones para personas naturales Empleados.
2280: Empleadas mujeres víctimas de la violencia.
Para la elaboración de estos formatos que son adicionales al ya tradicional 1032, es indispensable tener contabilidad de 2018 debidamente diligenciada. Recuerde que la información a suministrar en la exógena será la misma de su declaración de renta del año 2018.
Descargue aquí los formatos adicionales: MODELO FORMATOS EXOGENA. Agradecemos nos informe por e-mail los formatos que se deben presentar para que nuestro equipo de consultores se ponga en contacto con usted.
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