Calendario 2019 para declarar renta personas naturales

Cabe recordar que para la declaración de renta del año gravable 2018 para personas naturales, que se presentará a partir del próximo 6 de agosto de 2019, deberá ser elaborada recurriendo al sistema de cedulación. Según la Ley 1819 de 2016, este sistema consiste en clasificar los ingresos anuales del contribuyente en cinco orígenes o entradas de ingresos, y seguidamente depurar cada grupo de forma independiente de acuerdo al procedimiento indicado en el artículo 26 del Estatuto Tributario –ET.


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Los siguientes son los tipos de ingresos que se incluirían en cada una de las cédulas mencionadas:

Cédula Tipo de ingresos
Rentas de trabajo Ingresos señalados en el artículo 103 del ET:

  • Salarios.
  • Comisiones.
  • Prestaciones sociales.
  • Viáticos.
  • Gastos de representación.
  • Honorarios.
  • Emolumentos eclesiásticos.
  • Compensaciones recibidas por el trabajo asociado cooperativo.

En general, las compensaciones por servicios personales.
En ningún caso podrán incluirse ingresos por honorarios percibidos por personas naturales que contraten o vinculen 2 o más trabajadores por al menos 90 días.

Rentas de pensiones
  • Pensión de jubilación.
  • Pensión de invalidez.
  • Pensión de vejez.
  • Pensión de sobrevivientes.
  • Pensión sobre riesgos profesionales.
  • Indemnizaciones sustitutivas de las pensiones.
  • Devoluciones de saldos de ahorro pensional.
Rentas de capital
  • Intereses.
  • Rendimientos financieros.
  • Arrendamientos.
  • Regalías.
  • Explotación de la propiedad intelectual.
Rentas no laborales
  • Honorarios de personas naturales que presten servicios y contraten o vinculen por al menos 90 días continuos o discontinuos, 2 o más trabajadores o contratistas asociados a la actividad.
  • Todos los demás ingresos que no se clasifiquen de manera expresa en las demás cédulas.
Renta de dividendos y participaciones
  • Dividendos.
  • Participaciones.

 

Sin embargo, cabe destacar que, la Ley de financiamiento 1943 de 2018, introdujo grandes cambios en materia tributaria para las personas naturales responsables del impuesto sobre la renta entre la adición de nuevas tarifas marginales y la unificación de cédulas. Por lo cual, a partir del año gravable 2019, la depuración de las rentas de determinará de forma independiente con base en tres cédulas:

-Rentas de trabajo, de capital y no laborales (cédula general).

-Renta de pensiones.

-Dividendos y participaciones (esta cédula no admite costos ni deducciones).

La depuración de las rentas correspondientes a cada una de las cédulas anteriores se realizará siguiendo las reglas establecidas en el artículo 26 del ET, y el resultado constituirá la renta líquida cedular.

Así mismo, tras la modificación del artículo 241 del ET a través del artículo 26 de la Ley 1943 de 2018, se adicionan nuevas tarifas marginales correspondientes al 35 %, 37 % y 39 % a la tabla contenida en el artículo en mención.

Obligados a presentar la declaración de renta

Están obligadas a presentar la declaración de renta por el año gravable 2018 las personas naturales y sucesiones ilíquidas que durante el año gravable hayan sido responsables de IVA (antiguo régimen común) y/o aquellas que cumplan con alguno de los siguientes requisitos:

Requisitos para declarar renta por el año gravable 2018

Requisito UVT Valor
Patrimonio bruto a diciembre 31 excede 4.500 $149.202.000
Ingresos brutos a diciembre 31 superiores a 1.400 $46.418.000
Consumos con tarjeta de crédito exceden 1.400 $46.418.000
Compras y consumos totales del año exceden 1.400 $46.418.000
Consignaciones, depósitos, o inversiones exceden 1.400 $46.418.000

*Para el cálculo del valor en pesos se utilizó la UVT de 2018($33.156).


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Plazos para la presentación de la declaración

La nueva versión del artículo 1.6.1.13.2.15 del DUT 1625 de 2016, indica que los contribuyentes obligados deberán presentar la declaración de renta, teniendo como plazo máximo las fechas que se indican en la siguiente tabla y que van del 6 de agosto al 17 de octubre de 2019, con la obligación de realizar el pago en una sola cuota. Para tal fin se tienen en cuenta los últimos dígitos del NIT, omitiendo el dígito de verificación:

Últimos dos dígitos del NIT Hasta el día
(Año 2019)
Últimos dos dígitos del NIT Hasta el día
(Año 2019)
99 y 00 6 de agosto 49 y 50 12 de septiembre
97 y 98 8 de agosto 47 y 48 13 de septiembre
95 y 96 9 de agosto 45 y 46 16 de septiembre
93 y 94 12 de agosto 43 y 44 17 de septiembre
91 y 92 13 de agosto 41 y 42 18 de septiembre
89 y 90 14 de agosto 39 y 40 19 de septiembre
87 y 88 15 de agosto 37 y 38 20 de septiembre
85 y 86 16 de agosto 35 y 36 23 de septiembre
83 y 84 20 de agosto 33 y 34 24 de septiembre
81 y 82 21 de agosto 31 y 32 25 de septiembre
79 y 80 22 de agosto 29 y 30 26 de septiembre
77 y 78 23 de agosto 27 y 28 27 de septiembre
75 y 76 26 de agosto 25 y 26 30 de septiembre
73 y 74 27 de agosto 23 y 24 1 de octubre
71 y 72 28 de agosto 21 y 22 2 de octubre
69 y 70 29 de agosto 19 y 20 3 de octubre
67 y 68 30 de agosto 17 y 18 4 de octubre
65 y 66 2 de septiembre 15 y 16 7 de octubre
63 y 64 3 de septiembre 13 y 14 8de octubre
61 y 62 4 de septiembre 11 y 12 9 de octubre
59 y 60 5 de septiembre 09 y 10 10 de octubre
57 y 58 6 de septiembre 07 y 08 11 de octubre
55 y 56 9 de septiembre 05 y 06 15 de octubre
53 y 54 10 de septiembre 03 y 04 16 de octubre
51 y 52 11 de septiembre 01 y 02 17 de octubre


Documentos necesarios para elaborar la declaración de renta

• Certificado de donaciones si lo hay
• Fotocopia de Declaraciones de IVA año 2018
• Certificado de Retención en la fuente por honorarios y servicios
• Certificado bancarios de ahorros, CDT, cuentas corrientes sobre saldos y/o deudas a diciembre 31 de 2018
• Certificado de Obligaciones financieras a Diciembre 31 de 2018 (créditos y tarjetas)
• Copia de la T. de propiedad y pagos de impuestos de rodamiento de vehículos a diciembre 31 de 2018
• Si adquirió inmuebles en el 2018, anexar copia simple de la escritura
• Si adquirió muebles o inmuebles con Leasing o crédito hipotecario anexar certificados a diciembre 31 de 2018
• Recibos de impuestos predial a Diciembre 31 de 2018 (pagados o no)
• Certificado de ingresos por arrendamientos, Certificados de arrendamientos de las inmobiliarias (si los hay)
• Certificados a Diciembre 31 de 2018 de los fondos de pensión voluntarios
• Planilla de pago de Cesantías e intereses, pensiones canceladas a diciembre 31 de 2018 (pagadas en febrero de 2019)
• Fotocopia de Declaración de impuesto de industria y comercio 2018
• Si vendió vehículos o inmuebles, fotocopia de Certificado de Venta y Retención en la Fuente realizados en el año 2018
• Si es socio de una empresa, certificado del contador y/o revisor fiscal de sobre su aporte en la misma
• Si adquirió cédulas de capitalización, solicitar certificación
• Certificados de ingresos y retenciones (si recibe salario por actividades diferentes a la de la notaria).
• Relación de cartera debidamente soportada (personas que le deben a Ud.)
• Deudas adquiridas por Ud. a dic 31 de 2018 debidamente soportadas ya sean letras, pagarés y demás documentos que respalden cuentas por cobrar y obligaciones o deudas, conforme a los requisitos de ley.
• anexos de la última declaración de renta (si ya ha declarado anteriormente)
• Si tiene contabilidad personal, último balance.
• Informes Mensuales de Ingresos y Egresos enviados a la Superintendencia de Notariado y Registro 2018
• CERTIFICADO DE INGRESOS Y RETENCIONES DEL FONDO ESPECIAL DEL NOTARIADO PARA NOTARIOS SUBSIDIADOS
• Todos los pagos de su seguridad social y la de sus empleados en el 2018.

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